Boletín de Prensa Número: 073-2024

Aprueba IETAM designación de secretaría de consejo municipal y emite 7 resoluciones en procedimientos sancionadores

7/10/2024


 

En el marco de lasesión pública de carácter extraordinaria, celebrada este miércoles 10 de juliode 2024, las consejerías electorales del Instituto Electoral de Tamaulipas(IETAM) aprobaron un acuerdo y resolvieron siete procedimientos sancionadoresespeciales.

 

En el primer puntodesahogado en esta sesión, se designó a la C. Wendy Madeline Díaz González comoSecretaria del Consejo Municipal Ciudad Madero, a propuesta de la Comisión deOrganización Electoral y a instancia de la Presidencia del respectivo consejo.

 

En cuanto hace a losprocedimientos sancionadores especiales se resolvieron conforme a lo siguiente:

 

Fueron declaradas inexistentes las supuestas infraccionesatribuidas a Carlos Víctor Peña Ortiz, Presidente Municipal de Reynosa,Tamaulipas, y candidato al mismo cargo por la vía de la reelección; así como aReynaldo Javier Garza Elizondo, Secretario General del Sindicato Industrial de Trabajadoresen Fundición, Operadores, Armadores y demás ramas conexas de Ciudad Reynosa,Tamaulipas y de la Federación de Trabajadores de Reynosa; consistentes en usoindebido de recursos públicos, transgresión a los principios de equidad,neutralidad e imparcialidad, promoción personalizada, difusión de propaganda gubernamentaldurante la etapa de campaña y coacción al voto. Los expedientes de tales procedimientosestán identificados con las claves PSE-47/2024, PSE-50/2024, PSE-53/2024 yPSE-60/2024.

 

Por otra parte, en elexpediente identificado con la clave PSE-73/2024, se resolvió como existentes las infracciones atribuidasal mismo actor político, por el uso indebido de recursos públicos y trasgresióna los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad, por lo que se leimpuso una amonestación pública como sanción, la cual podría aumentar en casode reincidencia. Así mismo, se inscribió en el catálogo de sujetos sancionadosdel IETAM.

En otro punto de laorden del día, se resolvió lo relativo al procedimiento identificado con la  clave PSE-52/2024, mediante el cual sedeclararon como inexistentes las supuestasinfracciones por uso indebido de recursos públicos y transgresión a losprincipios  de  equidad, neutralidad e  imparcialidad; atribuidasa Omar Hernández Leines; Gerente General de la Comisión Municipal de AguaPotable y Alcantarillado de Altamira, Tamaulipas; Luis Roberto MárquezGonzález, Carlos Tenorio García, Martín Luna Avalos, Abelardo Garcés Reyes,Rubén Herver Zarate, Sergio Valdez Trujillo, Claudia Fernández Pecero y YaraLizbeth Ochoa Aguilar, servidores y servidoras públicas del Ayuntamiento deAltamira, Tamaulipas; y Yolanda Gómez Aguilar, servidora pública adscrita a laDirección General de la oficina del Servicio Nacional de Empleo de Tamaulipas.

 

De igual forma, fuedeterminada como inexistentelasupuesta infracciónpor colocaciónde propaganda electoral en edificios públicos, atribuida a la C. Yahleel AbdalaCarmona, candidata a Presidenta Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas. Asimismo,se declaró inexistentela infracciónatribuida a los partidos políticos Acción Nacional y RevolucionarioInstitucional, consistente en culpa invigilando, dentro del Procedimiento Sancionador Especial identificado conla clave PSE-58/2024.

 

En el sexto punto delorden del día se resolvió el procedimiento PSE-85/2024, declarando inexistentes las infraccionesatribuidas a Lucero González Mendoza, otrora candidata a la PresidenciaMunicipal de Valle Hermoso, Tamaulipas; así como a Luis Gerardo HernándezContreras y José Luis Hernández Castrellón, consistentes en contravención a lodispuesto por el párrafo 5, del artículo 209, de la Ley General deInstituciones y Procedimientos Electorales; así como inexistente la infracción atribuida a los partidos políticos VerdeEcologista de México, del Trabajo y morena, consistente en culpa in vigilando.

 

En lo que respecta alos procedimientos sancionadores especiales identificados con las clavesPSE-92/2024 y su acumulado PSE-100/2024, se determinó que es inexistente la infracción atribuida aCarmen Lilia Canturosas Villarreal, candidata a Presidenta Municipal de NuevoLaredo, Tamaulipas, consistente en difusión de propaganda político-electoraldentro de los tres días previos a la jornada electoral. De igual forma, como inexistente la infracción atribuida alpartido político morena, consistente en culpain vigilando.

 

En el último punto seresolvió lo relativo a los procedimientos PSE-94/2024 y PSE-106/2024acumulados, declarando como inexistenteslas infracciones atribuidas a Rocío Judith Olguín Santiago, Mauro LeonardoReyes Cobos y Jonathan Azael Portillo Alejo, regidores del Ayuntamiento deCiudad Madero, Tamaulipas, por el supuesto uso indebido de recursos públicos ytransgresión a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad.

 

El IETAM hace delconocimiento de la ciudadanía el presente comunicado con fines de divulgación;no obstante, el acuerdo y las resoluciones aprobadas por el órgano colegiado,corresponden a la única versión oficial, pudiendo consultarse en los siguientesenlaces:

 

Acuerdos:

https://ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2024&idTdoc=2

 

Resoluciones:

https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2022&idTdoc=4

 

 

 

 

o0o