Presentación
La cartografía electoral es la representación gráfica de la organización del Marco Geográfico Electoral y se encarga, entre otras cosas, de conocer la distribución de los ciudadanos con derecho al sufragio en el territorio nacional.
De conformidad con el artículo 41, apartado B, inciso a), numeral 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Instituto Nacional Electoral, para los procesos electorales Federales y Locales, la geografía electoral, así como el diseño y determinación de los distritos electorales y división del territorio en secciones electorales, con base en el último censo general de población y los criterios generales determinados por el Consejo General.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció los ámbitos de aplicación de tal distritación y del diseño del resto de la geografía electoral, con el objetivo de clarificar el alcance específico de las facultades del Instituto Nacional Electoral y la normatividad que debería de tomarse en cuenta para efectuar tal distritación.
La Sala Superior señaló que la distribución territorial persigue, entre otros propósitos, el valor idéntico de cada voto, es decir, lograr el objetivo de ‘un ciudadano un voto’ y que este propósito consiste en vincular una parte de la población ciudadana asentada en una porción del territorio con un cierto número de representantes a elegir, de tal forma que, cada cargo represente, en la medida de lo posible, la misma cantidad de habitantes.
De tal modo que cada curul represente, en la medida de lo posible, la misma cantidad de habitantes, con el fin de lograr que cada voto emitido tenga el mismo valor, al servir, siempre, para elegir un número similar de representantes, lo que constituye una forma de concretar el principio democrático de igualdad del voto.
El 26 de febrero de 2021, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó, mediante Acuerdo INE/CG153/2021, la creación del Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación Nacional.
El 12 de diciembre de 2022, la Junta General Ejecutiva del INE aprobó someter a consideración del Consejo General, mediante Acuerdo INE/JGE269/2022, la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales en que se divide el estado de Tamaulipas y sus respectivas cabeceras distritales.
Por su parte, el Consejo General del INE, hizo lo propio mediante Acuerdo INE/CG873/2022, donde aprobó lo previamente hecho por la Junta General Ejecutiva.
En este espacio, podrán encontrar los documentos que como antecedentes presentamos, la conformación de los distritos y su descripción por cabecera, así como, las secciones que los integran.
Marco Geográfico Electoral
TAMAULIPAS
Distritos Electorales Locales |
22 |
Municipios |
43 |
Secciones |
2039 |