En el marco de la sesión extraordinaria No. 11, las y los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, aprobaron dos importantes acuerdos: los lineamientos que contienen las infracciones y sanciones aplicables en el PEE-2024-2025, para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, así como las Reglas para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales.
En el primerio punto, la Consejera Electoral Deborah González Díaz, quien preside la Comisión Especial de Seguimiento al Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, destacó que este documento normativo expresa las conductas sancionables que se encuentran previstas en la Ley Electoral y que son consideradas como infractoras de la normativa.
Este documento se compone de tres títulos, el primero corresponde a disposiciones de carácter general, el segundo indica las infracciones y sanciones, y el tercero, señala las notificaciones.
Destacó además, que estos lineamientos no solo se refieren a personas que tengan la calidad de candidatas y candidatos, sino también se consideran como sujetos sancionables a las personas servidoras públicas, partidos políticos, personas afiliadas y militantes de algún instituto político, personas observadoras electorales y en términos generales a cualquier persona física y jurídica.
Asimismo, se encuentran identificadas las conductas que se estiman infractoras y se establece que la vía para atenderlas será la del Procedimiento Ordinario Sancionador para la sustanciación de las posibles quejas y con ello se busca salvaguardar la equidad en la contienda.
En otro orden de ideas, también se aprobó el Acuerdo por el que se emiten las reglas para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales para el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025.
Respecto a lo anterior, la Mtra. González Díaz mencionó que este documento se integra por dos títulos: uno que señala las disposiciones generales y un segundo, que norma la aparición o difusión de imágenes de niñas, niños o adolescentes en propaganda, mensajes electorales y de campaña, distinguiendo aquellas apariciones que se encuentran prohibidas, cuáles son los requisitos que se deben observar para una aparición de imagen y lo relativo al consentimiento informado.
Como un criterio novedoso, se establecen las sanciones sobre la utilización de imágenes de niñas, niños y adolescentes editadas o creadas con herramientas de inteligencia artificial, previstas en uno de sus capítulos del título segundo de dicho documento normativo.
El IETAM hace del conocimiento de la ciudadanía el presente comunicado con fines de divulgación; no obstante, los acuerdos aprobados corresponden a la única versión oficial, pudiendo consultar dicho documento en el siguiente enlace:
https://ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2025&idTdoc=2
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