VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO

Es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género en Tamaulipas

Guías de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género

Formato de Queja/Denuncia por VPCMRG

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Conductas de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Obstaculizar a las mujeres, los derechos de asociación o afiliación política.

Ocultar información a las mujeres, con el objetivo de impedir la toma de decisiones y el desarrollo de sus funciones y actividades.

Ocultar la convocatoria para el registro de precandidaturas o candidaturas, o información relacionada con ésta, con la finalidad de impedir la participación de las mujeres.

Proporcionar a las mujeres que aspiran a ocupar un cargo de elección popular, información falsa, incompleta o imprecisa, para impedir su registro.

Obstaculizar la precampaña o campaña política de las mujeres, impidiendo que la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad.

Cualesquiera otra acción que lesione o dañe la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.

¿Qué derechos tienen las víctimas?

  • o Ser tratada sin discriminación.
  • o Ser atendida y protegida de manera oportuna, efectiva y gratuita por personal especializado.
  • o Que se le otorguen órdenes de protección, así como las medidas cautelares y de otra naturaleza necesarias para evitar que el daño sea irreparable.
  • o Recibir información y asesoramiento gratuito sobre los derechos que tiene y las vías jurídicas para acceder a ellos a fin de que esté en condiciones de tomar una decisión libre e informada sobre cómo proseguir.
  • o Ser informada del avance de las actuaciones tomadas para su protección.
  • o Que se le brinde atención médica y psicológica gratuita, integral y expedita.
  • o Acceder a los mecanismos de justicia disponibles para determinar las responsabilidades correspondientes y a que su caso se investigue bajo el estándar de la debida diligencia, entre otras.

Instituciones responsables de atender la VPCMRG

Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM)

Establece medidas de actuación para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia política en contra de las mujeres, protege los derechos político-electorales de mujeres y hombres en iguldad de condiciones en la entidad.

Instituto de las Mujeres en Tamaulipas (IMT)

Es el órgano rector de la política de igualdad de género en el estado, lleva a cabo diversas acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres.

La Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas (FEDETAM)

Investiga y persigue los delitos electorales y promueve, garantiza y protege, el ejercicio de los derechos humanos de las personas víctimas y ofendidas en casos de violencia política de género.

El Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas (TRIELTAM)

Como órgano especializado y máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, únicamente tiene la facultad jurisdiccional, por lo que no puede atender directamente a una víctima de violencia política, aunque sí puede resolver casos relacionados con dicha violencia política.

Procedimiento Sancionador Especial por Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género (PSE)

En materia de atención y sanción en los casos de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, el IETAM tramitará, sustanciará y resolverá los procedimientos sancionadores que se presenten.


La Secretaría Ejecutiva del IETAM, instruirá el procedimiento especial sancionador, en cualquier momento, cuando se presenten denuncias, o de oficio hechos relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género, entre otras.