Recibe Consejero General acreditación de partidos políticos
Integrantes del Consejo General del IETAM, a cargo del consejero presidente, Jesús E. Hernández Anguiano, acompañado de los consejeros, Nohemí Argüello Sosa, María de los Ángeles Quintero Rentería, Frida Denisse Gómez Puga, Oscar Becerra Trejo y del Secretario Ejecutivo del Consejo, Juan Esparza Ortiz, recibieron por parte de los dirigentes de partidos, así como de sus estructuras, la documentación para participar en el procesos electoral local 2015-2016.
El Consejo General, una vez que lleve a cabo el análisis de la documentación presentada por los partidos, PAN, PRI, PRD, PT, PVEM, Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano, Morena y Encuentro Social, se expedirá en su momento la constancia de reconocimiento como partido político con registro nacional, por lo que podrán participar en los comicios del domingo 5 de junio del próximo año.
Concluye la entrega de documentos de partidos políticos
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Inicia Proceso Electoral 2015-2016 en Tamaulipas
9/13/2015
En el marco del inicio del proceso electoral 2015-2016, el consejero presidente del IETAM, Jesús Eduardo Hernández Anguiano, sostuvo que este nuevo consejo, goza de la autonomía incluyente y plural, surgido de un proceso ciudadano transparente, y que tiene como responsabilidad generar una competencia legal, equitativa e imparcial.
“Nuestro propósito es dar el cauce preciso, de conformidad con las leyes, a una democracia que evoluciona permanentemente, que debe adaptarse a las aspiraciones políticas del ciudadano, y que se fortalece, gracias a la participación de la sociedad”.
En sesión extraordinaria, Jesús Eduardo Hernández Anguiano, Consejero Presidente del IETAM, a nombre de las Consejeros electorales refrendó la determinación de cumplir con la responsabilidad constitucional y legal de fortalecer la democracia, garantizando una competencia civilizada y equitativa.
En su mensaje Hernández Anguiano subrayó “por nuestra parte, cuidaremos que los mandatos rectores de la ley electoral se apliquen. El Consejo General tiene la responsabilidad de ser profesional, eficiente y ejemplo de voluntad ética en el ámbito público. Los Consejeros Electorales refrendamos la profunda convicción de que, la esencia del trabajo que iniciamos ahora, es refrendar la confianza de la ciudadanía tamaulipeca y sabemos que la única forma de lograrlo es mediante el apego irrestricto a los principios constitucionales, rectores de nuestra función, como son: CERTEZA, LEGALIDAD, INDEPENDENCIA, IMPARCIALIDAD, MAXIMA PUBLICIDAD Y OBJETIVIDAD”.
Por su parte, la consejera Nohemí Argüello Sosa, al hacer uso de la voz, expuso que uno de los retos durante este proceso electoral, es el mejorar la equidad en la competencia electoral y la confianza, tanto de los partidos y sus candidatos, como de la ciudadanía en esta Institución.
Argüello Sosa recalcó que, el trabajo de las Comisiones, se constituirá en un elemento sustantivo para enfrentarlo, siempre apegado a los principios rectores de la materia electoral.
La consejera electoral, manifiesto la convicción democrática, de refrendar su compromiso para que el Consejo General del IETAM inicie con el pie derecho su nueva etapa dentro del Sistema Nacional Electoral, durante los próximos 11 meses que durarán los comicios en nuestra entidad.
Es importante destacar que por primera vez, se crea la Comisión de Igualad de género, cuyo periodo de vigencia es a partir de esta fecha hasta el 1 de septiembre de 2021, cuya función principal es, fortalecer la vinculación interinstitucional con los entes públicos; Impulsar acciones de difusión, promoción, formación y de acompañamiento institucional para la promoción de los derechos ciudadanos y políticos con igualdad de género en Tamaulipas.
Esta nueva Comisión, propone el desarrollo de publicaciones, informes, metodologías y herramientas para promover la participación política y ciudadana con enfoque de género; facilitar encuentros de buenas prácticas en relación con el desarrollo e incremento de la participación política y ciudadana de mujeres y hombres para la igualdad de género; entre otros objetivos.
Asistieron al inicio de este proceso, los representantes propietarios de los nueve partidos políticos acreditados, Acción Nacional (PAN), Romana Saucedo Cantú; del Revolucionario Institucional (PRI), Héctor N. Villegas Gamundí; de la Revolución Democrática (PRD), Alfonso Trejo Campos; Partido del Trabajo (PT), Arcenio Ortega Lozano; del Partido Verde Ecologista (PVEM), Ana Astrid Ruíz Mancilla; Partido Nueva Alianza (NA), María de Jesús Lara Tijerina;.
Del Partido Movimiento Ciudadano (MC), asistió su nuevo representante, Francisco Daniel González Tirado; del Partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), acudió José Jaime Oyervides Martínez y por parte del Partido Encuentro Social (PES), estuvo presente Jorge Alejandro Macías Jiménez.
En este arranque del proceso electoral del próximo domingo 5 de junio, en que se renovará la gubernatura, los 43 ayuntamientos, así como el Congreso del Estado, integrado por 36 diputados, los representantes de los partidos el PAN, Movimiento Ciudadano, PT, PVEM, PRD, Nueva Alianza, PRI y Morena, hicieron uso de la palabra para refrendar su compromiso de participar en una contienda, en que al final de cuentas, la ciudadanía tamaulipeca es la que deberá de ganar.
En el marco de la sesión extraordinaria, asistieron integrantes de la legislatura local, dirigentes de partidos, funcionarios electorales del INE y medios de comunicación, quienes son el apoyo incondicional para informar sobre los trabajos que realizará el Instituto en este proceso electoral 2015-2016.
Integración de las Comisiones:
Comisión de Educación Cívica, Difusión y Capacitación
Consejeros integrantes:
Nohemí Argüello Sosa
Oscar Becerra Trejo
Frida Denisse Gómez Puga
María de los Ángeles Quintero Rentería
Ricardo Hiram Rodríguez González
Comisión para los Procedimientos Administrativos Sancionadores
Consejeros integrantes:
Nohemí Argüello Sosa
Oscar Becerra Trejo
Tania Gisela Contreras López
Frida Denisse Gómez Puga
Ricardo Hiram Rodríguez González
Comisión de Prerrogativas, Partidos y Agrupaciones
Consejeros integrantes:
Nohemí Argüello Sosa
Oscar Becerra Trejo
Tania Gisela Contreras López
María de los Ángeles Quintero Rentería
Ricardo Hiram Rodríguez González
Comisión de Organización Electoral
Consejeros integrantes:
Nohemí Argüello Sosa
Oscar Becerra Trejo
Tania Gisela Contreras López
Frida Denisse Gómez Puga
María de los Ángeles Quintero Rentería
Comisión Especial para el seguimiento y registro
de candidaturas independientes
Consejeros integrantes:
Oscar Becerra Trejo
Tania Gisela Contreras López
Frida Denisse Gómez Puga
María de los Ángeles Quintero Rentería
Ricardo Hiram Rodríguez González
Comisión Especial de igualdad de género
Consejeros integrantes:
Nohemí Argüello Sosa
Tania Gisela Contreras López
Frida Denisse Gómez Puga
María de los Ángeles Quintero Rentería
Ricardo Hiram Rodríguez González
Lic. Jesús Eduardo Hernández Anguiano, presidente del IETAM
En sesión extraordinaria, da inicio el proceso electoral Tamaulipas 2015-2016
Integrates del Consejo General en sesión extraordinaria.
Sesión solemne para el inicio del proceso electoral
Toma de protesta de representantes de los partidos políticos ante el Consejo General
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Encuestas Electorales
La nueva normatividad en materia de regulación de encuestas electorales establece que los Organismos Públicos Locales Electorales deberán ejercer facultades en la materia a fin de regular la aplicación de las mismas, con base en los lineamientos y criterios emitidos por el Instituto Nacional Electoral. En sesión extraordinaria de fecha 22 de octubre de 2014, el Consejo General del Instituto Nacional emitió el Acuerdo INE/CG220/2014 por el que se establecen los Lineamientos así como los criterios generales de carácter científico que deberán observar las personas físicas y morales que pretendan ordenar, realizar y/o publicar encuestas por muestreo, encuestas de salida y/o conteos rápidos que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales, así como preferencias sobre consultas populares durante los procesos electorales federales y locales. De este modo, la reforma constitucional y legal, así como el Acuerdo INE/CG220/2014, norman las funciones que el IETAM debe desarrollar para la regulación de las encuestas y sondeos de opinión que tengan por objeto conocer las preferencias electorales.
Normatividad
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 41, Base V, Apartado B, inciso a), párrafo 5
Apartado B. Corresponde al Instituto Nacional Electoral en los términos que establece esta Constitución y las leyes: 5. Las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares; encuestas o sondeos de opinión; observación electoral; conteos rápidos; impresión de documentos y producción de materiales electorales.
Artículo 41, Base V, Apartado C, párrafo 8
Apartado C. En las entidades federativas las elecciones locales estarán a cargo de organismos públicos locales en los términos de esta Constitución, que ejercerán funciones en las siguientes materias: Resultados preliminares; encuestas o sondeos de opinión; observación electoral, y conteos rápidos, conforme los lineamientos establecidos en el Apartado anterior.
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Capítulo tercero, de las encuestas y sondeos de opinión
      Artículo 213
- El Consejo General emitirá las reglas, lineamientos y criterios que las personas físicas o morales deberán adoptar para realizar encuestas o sondeos de opinión en el marco de los procesos electorales federales y locales. Los Organismos Públicos Locales realizarán las funciones en esta materia de conformidad con las citadas reglas, lineamientos y criterios.
- Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas, queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales.
- Las personas físicas o morales que difundan encuestas o sondeos de opinión deberán presentar al Instituto o al Organismo Público Local un informe sobre los recursos aplicados en la realización de la encuesta o sondeo de opinión en los términos que disponga la autoridad electoral correspondiente.
- La metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos serán difundidas en su página de Internet, por los Organismos Públicos Locales en el ámbito de su competencia.
      Artículo 251, párrafos 5, 6 y 7
- Quien solicite u ordene la publicación de cualquier encuesta o sondeo de opinión sobre asuntos electorales, que se realice desde el inicio del proceso electoral hasta el cierre oficial de las casillas el día de la elección, deberá entregar copia del estudio completo al Secretario Ejecutivo del Instituto, si la encuesta o sondeo se difunde por cualquier medio. En todo caso, la difusión de los resultados de cualquier encuesta o sondeo de opinión estará sujeta a lo dispuesto en el párrafo siguiente:
- Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las penas aplicables a aquéllos que incurran en alguno de los tipos previstos y sancionados en la Ley General de Delitos Electorales.
- Las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo para dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos o las tendencias de las votaciones, adoptarán los criterios generales de carácter científico, que para tal efecto emita el Consejo General, previa consulta con los profesionales del ramo o las organizaciones en que se agrupen.
      Artículo 252
- Cualquier infracción a las disposiciones contenidas en el presente Capítulo será sancionada en los términos de esta Ley.
Ley General en Materia de Delitos Electorales
Artículo 7.
Se impondrá de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quién:
Fracción XV. Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.
Ley Electoral para el Estado de Tamaulipas
El artículo 256 establece que será el INE quien emitirá las reglas, lineamientos, criterios y formatos de los resultados preliminares, encuestas o sondeos de opinión y conteos rápidos, en términos de la Ley General.
Informes Presentados por la Secretaría Ejecutiva al Consejo General
Estudios Entregados a la Secretaría Ejecutiva
Encuestador |
Fecha de levantamiento |
Información entregada |
Recursos Aplicados |
|
20 a 22 de noviembre de 2015 |
|
$116,000.00 |
|
26 a 30 de noviembre de 2015 |
|
$ 70,100.00 |
|
11 a 13 de diciembre de 2015 |
|
$ 264,000.00 |
|
13 al 17 de enero de 2016 |
|
$ 20,000.00 |
|
9 de enero de 2016 |
|
$ 1,700.00 |
|
12 al 14 de febrero de 2016 |
|
$ 174,000.00 |
|
3 al 5 de abril de 2016 |
|
$ 379,200.00 |
|
15 al 17 de abril de 2016 |
|
$ 149,000.00 |
|
5 al 7 de mayo de 2016 |
|
$ 278,400.00 |
|
9 y 10 de mayo de 2016 |
|
$ 97,600.00 |
|
15 al 28 de mayo de 2016 |
|
$ 149,000.00 |
|
21 al 23 de mayo de 2016 |
|
$ 290,000.00 |
Personas Físicas y Morales acreditadas ante el IETAM para realizar encuestas de Salida y/o Conteos Rápidos en la jornada electoral del 5 de junio de 2016.